El Tribunal Electoral emitió
una sentencia luego de considerar que el presidente Andrés Manuel López Obrador
interfirió en el proceso electoral de cara a los comicios federales del 6 de
junio.
A través de un comunicado, el
equipo de Presidencia informó que se acatará la sentencia dictada por la Sala
Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación entorno al
caso.
De acuerdo con el documento,
se definió que Andrés Manuel López Obrador, en su carácter de presidente de la
Nación, difundió propaganda gubernamental personalizada en tiempos donde estaba
prohibido por la autoridad electoral.
Esto, además, significa que habría
utilizado de manera indebida recursos públicos. Lo anterior se afirmó porque al
momento de realizar el evento “Primeros 100 días del Tercer Año de Gobierno”,
ya habían arrancado las campañas en diversas entidades federativas como
Campeche, Colima, Guerrero, Nuevo León, San Luis Potosí y Sonora.
Sin embargo, la sanción en
contra del presidente de la República es únicamente aplicable en casos
relacionados con delitos penales, por lo que no existirá sanción en este caso.
Al respecto, la Oficina de
Presidencia declaró que el hecho de que no haya un castigo por infracciones electorales
no significa que “una conducta o un proceder contrario a la Constitución se
encuentren permitidos”.
“Lo anterior tiene especial
relevancia si se considera la presencia protagónica en el gobierno del
presidente, por lo que tiene un deber especial de cuidar las conductas que
realice en ejercicio de sus funciones”, explicaron.