El registro de datos
biométricos en el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil para fines de
identificación de la población podría representar riesgos para la protección de
los datos personales, advierte el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a
la Información y Protección de Datos Personales (Inai).
La minuta de reforma a la Ley
Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, aprobada en el Senado de la
República, busca otorgar atribuciones al Instituto Federal de
Telecomunicaciones para la instalación, operación, regulación y mantenimiento
del Padrón, con la finalidad de colaborar con las autoridades competentes en
materia de seguridad pública y justicia, ante la comisión de delitos cometidos
por usuarios de la telefonía móvil.
Para el Inai, el manejo de datos
biométricos relacionados con la identidad de una persona, así como el
tratamiento de los otros datos que se recaben, requiere del mayor cuidado
posible, puesto que cualquier afectación o vulneración podría generar daños
significativos de una difícil o imposible reparación, sobre todo, considerando
que los datos biométricos hacen referencia a aspectos que permiten ser
asociados, de manera única, a una persona y, por ende, constituyen
características insustituibles.
Asimismo, se deberán
implementar las medidas de seguridad físicas, administrativas y técnicas,
acordes a los más altos estándares internacionales, a fin de garantizar el
tratamiento adecuado de dichos datos y, previo a la implementación del padrón,
elaborar una evaluación de impacto en la protección de datos personales.
El Inai considera
imprescindible limitar al máximo la recolección de datos biométricos que
pudieran revelar información sensible de las personas, así como obtener y
utilizar únicamente los que sean necesarios, adecuados y no excesivos para las
finalidades con las que serán recabados.