El pleno del Senado aprobó la creación de la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial que pretende combatir privilegios, corrupción, nepotismo, el hostigamiento y el acoso sexual en el máximo tribunal.
La nueva legislación también prevé la inhabilitación hasta por 20 años de jueces, magistrados y ministros por la comisión de faltas graves y extiende los castigos a particulares y empresas que resulten implicados en ellos.
Las nuevas leyes, propuestas por el presidente Andrés Manuel López Obrador contemplan la suspensión del empleo, cargo o comisión, destitución, sanción económica e inhabilitación temporal para desempeñarse en el servicio público y participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas en caso de la comisión de faltas graves.
Mientras que las faltas administrativas no graves, las sanciones consistirán en: Amonestación privada o pública; suspensión del empleo, cargo o comisión; destitución de su empleo, cargo o comisión e inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público.
El nuevo ordenamiento legal que también surge de las propuestas del presidente de la SCJN impone un esquema de sanciones para personas físicas y morales, que va desde la sanción económica; inhabilitación hasta por 8 años para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas.
También indemnización por los daños o perjuicios ocasionados al patrimonio del Poder Judicial de la Federación o a la hacienda pública federal; suspensión de actividades hasta por 3 años, hasta la disolución de la sociedad respectiva.
Al fijar su postura la senadora del PRI Claudia Ruiz Massieu, senadora del PRI, dijo que con la expedición de estas leyes se consolidará un Poder Judicial mejor capacitado y más profesional.
“Establece las condiciones necesarias para robustecer su independencia. Con la aprobación de este dictamen contribuiremos a consolidar un Poder Judicial de la Federación mejor organizado y más funcional, gracias a la sustitución de los plenos de Circuito por los plenos regionales, así como los tribunales unitarios por tribunales colegiados de apelación, naturalmente se enriquecerán las resoluciones al propiciarse una mayor deliberación al interior de los órganos jurisdiccionales”, indicó.
Por su parte, el senador del PAN, Damián Zepeda, advirtió que estas leyes tienen cosas peligrosas, pues concentran el poder en una sola persona.
“El paso de tribunales unitarios a colegiados, porque me preocupa en lo personal ese cambio, porque es previsible que van a invadir al Poder Judicial. Y si sabemos que el Consejo de la Judicatura lo domina el Poder Ejecutivo y si sabemos que ese Consejo de la Judicatura es el que va a nombrar, pues porque le damos la facultad de nombrar a cientos de magistrados, es un absurdo. Mañana te vas a andar quejando de las decisiones no objetivas”.
En tanto, Miguel Ángel Mancera, coordinador del PRD, aseveró que este es un paso asertivo para fortalecer al Poder Judicial de la Federación.
“Este paquete de reformas van a la reestructuración de la carrera judicial, de la disciplina judicial y, por supuesto, de los derechos también de las y los juzgadores”.
Sin embargo, el coordinador de Movimiento Ciudadano, Dante Delgado, aseguró que su bancada no avalaría una reforma cuyo origen es el monólogo, la nula consulta a jueces y magistrados del Poder Judicial y la imposición.
“Una reforma que permite la concentración del poder en el presidente de la Judicatura, que lo es al propio tiempo, el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y que está soportado por consejeros por este Senado y vinculados al titular del Poder Ejecutivo. Esa concentración del poder en la figura del presidente de la Corte afecta la independencia de jueces y magistrados”.
Cabe destacar que la nueva legislación establece como una causal de responsabilidad administrativa expresa, que quienes valiéndose de sus atribuciones directa o indirectamente designen, nombren o intervengan para que se contrate en cualquier órgano jurisdiccional o área administrativa del Poder Judicial de la Federación en que ejerza funciones, a personas con las que tenga lazos de parentesco por consanguinidad, afinidad hasta el cuarto grado o vínculo de matrimonio, concubinato o afectivo.
También, se sancionará con responsabilidad administrativa los nombramientos cruzados, estableciéndose como causal atribuible a las personas que hubieran recibido un nombramiento de base, interino o de confianza y éstos extiendan nombramientos a los cónyuges, concubinos, convivientes o parejas en relaciones análogas o a parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado de la persona que los nombró.