Diputados del Estado de
México, aprobaron en comisiones la Ley de Protección Integral a Periodistas y
Personas Defensoras de Derechos Humanos del Estado de México que considera la
actividad periodística de interés público, por lo que debe ser tutelada y
protegida por el Estado y los municipios.
La legislación crea un
Mecanismo de Protección Integral de Periodistas y Personas Defensoras de los
Derechos Humanos. También reconoce como derechos específicos el secreto
profesional, la cláusula de conciencia, el acceso libre a la información de
interés y actos públicos, la capacitación profesional y la reparación integral
del daño. Se garantiza que podrán reservar la identidad de sus fuentes.
Tampoco podrán ser requeridos
por las autoridades judiciales o administrativas para informar sobre datos o
hechos no publicados que sean parte de una investigación periodística y no
serán sujetos de inspección de sus datos personales.
La ley prohíbe medidas
restrictivas y obstructivas como la instalación de cercos con vallas para
limitar el alcance de los periodistas a los servidores públicos para
entrevistarlos. Tampoco se podrá impedir la entrada, ni la toma de imágenes en
edificios e instalaciones públicas, salvo por razones de seguridad. Se incluye
el delito contra la libertad de expresión, periodistas y personas defensoras de
derechos humanos y agravantes a quienes cometan lesiones u homicidio contra
ellos.