Por unanimidad, el pleno del
Senado aprobó una reforma al Código Penal Federal para impedir que los crímenes
sexuales en contra de menores de edad queden impunes con el paso del tiempo.
Quienes cometan estos abusos
podrán ser sancionados aun cuando sus víctimas ya sean adultas y los denuncien
ante la autoridad, serán imprescriptibles.
Las sanciones aumentarán al doble de las que correspondan cuando el autor tenga ciertas relaciones con la víctima, entre ellas, que sea ministro de culto religioso.
En el caso de que el agresor
se desempeñe como servidor público, además de las sanciones señaladas, se
castigará con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo, comisión o
cualquiera otro de carácter público o similar, hasta por un tiempo igual a la
pena impuesta.
También, las sanciones
aumentarán al doble cuando la persona responsable tuviera para con la víctima
alguna de las siguientes relaciones: patria potestad, guarda o custodia,
ascendientes o descendientes sin límite de grado, familiares en línea colateral
hasta en cuarto grado, tutores o curadores.
Ejerza una relación laboral,
docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique subordinación de la
víctima, quien se valga de la función pública para cometer el delito, quien
habite en el mismo domicilio de la víctima.
Cuando el autor emplee
violencia física, psicológica o moral contra la víctima y quien esté ligado a
la víctima por un lazo afectivo o de amistad, de gratitud o algún otro que
pueda influir en obtener la confianza de ésta.
Según cifras de la
Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), México ocupa el
primer lugar en abuso sexual infantil.