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Con los votos de 20 Congresos estatales, se declaró constitucional la ampliación de la lista de delitos con PPO

por Redacción
04-12-2024

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El pleno de la Cámara de Diputados culminó ayer el proceso legislativo, consumó la reforma del expresidente Andrés Manuel López Obrador y ya es constitucional la prisión preventiva oficiosa por las acusaciones de presentación de facturas falsas, extorsión, contrabando y actividades ilícitas relacionadas con el fentanilo y drogas sintéticas.

Con los votos de 20 Congresos estatales –validados por las dos cámaras del Congreso de la Unión– la presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara baja emitió formalmente la declaratoria de constitucionalidad de las reformas al artículo 19 de la Carta Magna.

Con este trámite, los diputados enviaron oficialmente al Poder Ejecutivo federal el decreto para su publicación inmediata en el Diario Oficial de la Federación, de la reforma que establece que el juez ordenará la “prisión preventiva oficiosamente” en estos casos considerados en el catálogo de delitos graves.

No obstante, Morena y sus aliados acordaron esta vez modificar más que una coma a la iniciativa presidencial del sexenio anterior, y retiraron del catálogo tres delitos que ameritan la prisión preventiva oficiosa: defraudación fiscal, narcomenudeo y manejo de precursores químicos.

Se precisa también que se ordenará la prisión preventiva oficiosa en los delitos previstos en las leyes aplicables cometidos para la ilegal introducción y desvío, producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de precursores químicos y sustancias químicas esenciales, drogas sintéticas, fentanilo y derivados.

Expone que para la interpretación y aplicación de las normas previstas, los órganos del Estado deberán atenerse a su literalidad, quedando prohibida cualquier interpretación análoga o extensiva que pretenda inaplicar, suspender, modificar o hacer nugatorios sus términos o su vigencia, ya sea de manera total o parcial.