La Fiscalía General de la
República (FGR) interpuso un recurso de reclamación en la Suprema Corte de
Justicia de la Nación (SCJN), luego de que un ministro desechó la controversia
interpuesta por el Congreso del estado de Tamaulipas, decisión que reconoce al
gobernador Francisco Javier García Cabeza de Vaca con fuero.
La impugnación se presentó
porque la FGR está impedida para actuar legalmente contra el mandatario
estatal, contra quien solo podrá solicitar su captura y en su caso detenerlo
cuando termine su mandato, es decir, en octubre de 2022.
Funcionarios del Poder
Judicial de la Federación informaron que el recurso de reclamación está firmado
por el titular de la dependencia Alejandro Gertz Manero, reclamando el desestimado
de la controversia 50/2021.
El ministro Juan Luis González
Alcántara Carrancá desechó la controversia por tratarse de un conflicto
competencial, donde no se vio afectada la autonomía del Congreso de Tamaulipas,
el cual decidió no retirarle el fuero al gobernador.
En su acuerdo, el ministro
señaló: “En estas condiciones, lo procedente es desechar la demanda promovida
por el Poder Legislativo del Estado de Tamaulipas por falta de interés
legítimo, sin que esta determinación prejuzgue sobre la culpabilidad o no
respecto del ilícito que se relaciona, pues existe la oportunidad de llevar a
cabo el procedimiento penal una vez que el servidor público concluya en su
cargo”, detalla el documento.
También menciona que el Poder
Legislativo local en acatamiento del artículo 111 constitucional, en ejercicio
pleno de su autonomía, procedió como consideró que correspondía. Es decir,
decidió no retirar la protección o inmunidad procesal penal al gobernador
estatal a quien se le imputa la probable comisión de un delito federal.
El Congreso Local determinó
que Cabeza de Vaca no se pusiera a disposición de las autoridades federales. Este
ejercicio se dio, como se desprende de los antecedentes narrados, como
consecuencia del procedimiento previsto en el artículo 111 constitucional,
párrafo quinto, iniciado en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión,
quien resolvió que había lugar a declarar la procedencia, con el efecto de
comunicar esta resolución a la legislatura local, para que en ejercicio de sus
atribuciones procediera.
"Por ello, se estima que
no existe una afectación en la esfera de atribuciones del Poder Legislativo
promovente, pues para resentir un agravio era indispensable que se hubiera
obstaculizado el ejercicio de su ámbito competencial o que éste se viera
mermado, lo cual no se desprende del escrito presentado por el Poder actor ni
de los antecedentes por el traídos a cuenta, porque, se insiste, en uso de sus
atribuciones constitucionales, decidió no homologar la declaración de
procedencia emitida por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión”.