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Diputados inician debate de la Ley de Ingresos

por RedaccionRS
19-10-2020

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Con el voto en contra del PT y una abstención del PRI, los integrantes de la Comisión de Hacienda aprobaron el primer dictamen de la Ley de Ingresos, que es una reforma para que estados y municipios encaren de mejor manera las crisis sanitaria y económica que ha dejado el Covid-19 y que servirá para reestructurar la deuda a corto plazo, celebrada en el ejercicio anterior a aquel en que se observaron caídas mayores al 5% del PIB.

 

Con esto, se inicia el debate de la Ley de Ingresos de la Federación, que también incluye la Ley Federal de Derechos y la Miscelánea Fiscal.

 

Este dictamen, que ya fue enviado al pleno para su discusión esta misma tarde con 26 votos a favor, 2 en contra y una abstención, también se prevé que se podrá ampliar la fecha de liquidación, establecer periodos de pago de capital iguales y consecutivos de la deuda, para que puedan programar sus pagos en función de sus ingresos.

 

Esta reforma modifica la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; así como del decreto por el que se expide la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las Leyes de Coordinación Fiscal, General de Deuda Pública y General de Contabilidad Gubernamental, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de abril de 2016.

 

El diputado federal de Morena, Carol Antonio Altamirano, dijo que lo que se propone es cubrir situaciones y omisiones que hoy son una camisa de fuerza. En la discusión de la anterior Legislatura nadie previó que, así como se requieren medidas extraordinarias por temas de Seguridad Pública o Protección Civil, también se necesitaría enfrentar crisis de salud o impactos económicos originados por una emergencia.

 

Refirió que esa es un agravante de los problemas que estamos viviendo en todas las entidades federativas y que ahora debemos resolver.

 

Destacó las medidas que serán de mayor impacto y utilidad como la de servicios personales presupuestados (Art. 13 fracción V; transitorio sexto del decreto de expedición de abril 2016) y recordó que la ley señala que, una vez aprobados los servicios personales en los presupuestos locales, no podrán aumentarse; es decir, que no se puede contratar personal adicional. Por esa razón se debe ajustar el texto para atender una emergencia una vez que sea reconocida por la autoridad competente.

 

 ones si, como recurrentemente se presenta, se transfieren recursos adicionales durante el ejercicio para apoyar el cierre del año o cubrir necesidades emergentes”, apuntó.