Con 420 votos a favor y 15 abstenciones, el pleno de la
Cámara de Diputados aprobó las reformas constitucionales para acotar el fuero
del Presidente de la República y establecer la posibilidad de imputarlo y
juzgarlo no solo por traición a la patria y delitos graves, sino también por
hechos de corrupción, delitos electorales y cualquier otro acto ilícito.
Como uno de los primeros puntos del periodo ordinario que
inició ayer, los diputados buscaron reformar la Constitución para que el
Presidente puedan ser juzgado como cualquier ciudadano y pone fin a la
inmunidad procesal del titular del Ejecutivo.
La fracción de Morena está convencida de terminar con la
figura del fuero, con la cual, servidores públicos de alto rango se protegían
si llegaban a cometer abusos en el ejercicio de sus funciones.
El proyecto de reformas a los artículos 108 y 111 de la
Constitución ya fue avalado en comisiones y está listo para ser llevado a
votación en el pleno.
¿Por cuáles delitos podría ser juzgado un Presidente?
Un juez ordenará la prisión preventiva oficiosamente, en los
casos de
Abuso o violencia sexual contra menores
Delincuencia organizada
Homicidio doloso
Feminicidio
Violación
Secuestro
Trata de personas
Robo de casa habitación
Uso de programas sociales con fines electorales
Corrupción, tratándose de los delitos de enriquecimiento
ilícito y ejercicio abusivo de funciones
Robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades
Delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o
petroquímicos
Delitos en materia de desaparición forzada de personas y
desaparición cometida por particulares
Delitos cometidos con medios violentos como armas y
explosivos
Delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso
exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea
Delitos graves que determine la ley en contra de la
seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad, y de la salud.
Tal como lo pidió el presidente Andrés Manuel López Obrador
al Congreso de la Unión, dicha reforma se convirtió así en la primera en ser
discutida y aprobada durante el recién iniciado periodo ordinario de sesiones
de San Lázaro y de inmediato fue turnada al Senado de la República para su
análisis y eventual ratificación.
De acuerdo con el dictamen avalado por mayoría calificada,
“durante el tiempo de su encargo, el Presidente de la República podrá ser
imputado y juzgado por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos
electorales y todos aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado
cualquier ciudadano”.
No obstante, para iniciar un proceso penal contra el titular
del Ejecutivo será preciso acusarlo primero ante el Senado de la República, que
en su caso deberá resolver conforme a la legislación penal.