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El derecho a defender los derechos humanos

por Redacción
16-12-2021

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Como periodistas nos percibimos como un ente ajeno a la participación en la defensa y promoción de los Derechos Humanos porque nuestra formación nos restringe a un papel de observadores y “narradores” de la realidad, sin embargo, en la labor de dar voz y visibilizar las desigualdades sociales hay mucho del trabajo que también realizan las personas defensoras de derechos humanos.


Durante la primera Jornada 10D por la Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, organizada por la Defensoría de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP), diversas personas especialistas en la materia plantearon la interrogante: ¿Las y los periodistas también defendemos derechos humanos?


Mario Hurtado Cardozo, abogado y defensor de derechos humanos, expuso en su conferencia magistral “Políticas públicas para el derecho a defender derechos humanos” que en 1998 se creó la Declaración de personas defensoras de derechos humanos, en la que se define a una persona defensora de derechos humanos como:


“Todos (y todas) aquellos que individualmente o en asociación, promueven y luchan por la protección y la realización de los derechos humanos y libertades fundamentales”.


En la interpretación simple, las y los periodistas podríamos sentirnos ajenos nuevamente a la labor, sin embargo, a través de nuestra pluma, visibilizar los movimientos sociales, las protestas, las desigualdades, la dificultad para acceder a la justicia, sí promovemos los derechos humanos.


Hurtado Cardozo, responde que una persona periodista, que ejerce su derecho a la libertad de expresión, ya puede considerarse como defensora de derechos humanos porque con ello además promueve el derecho a desarrollar y debatir nuevas ideas, con lo que, podrían surgir nuevos derechos.


Si bien a la fecha no está reconocido de manera formal el derecho a defender derechos humanos, sí existe una ruta encaminada a fortalecer esquemas de protección a quienes se dedican a defender derechos humanos.


En esta ruta se encuentra el fortalecimiento del Mecanismo Federal de Protección a personas defensoras de derechos humanos y periodistas; la integración de entidades de la administración pública que actualmente no ejercen labores de protección como la Secretaría Federal del Trabajo, Medio Ambiente y Educación, como ejemplo.


Estos mecanismos deben acompañarse de observadores exteriores, por ello es que existen, a nivel nacional, agrupaciones como Espacios OSC, que se integra de organizaciones de la sociedad civil nacionales e internacionales y vigila y promueve modificaciones a la operación de la Ley Federal de Protección a personas defensoras de derechos humanos y periodistas. 


Del mismo modo en cada uno de los mecanismos de protección debería existir esta mesa de observancia, de vigilancia y consejo pues desde el Estado se ha demostrado que pese a estar obligado a garantizar la protección, no es el único actor con poder, que puede incidir en la vulneración al derecho de defender derechos humanos.