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El futuro de la reforma judicial

por Karla Pulido
26-07-2024

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Han pasado ya los primeros foros sobre la reforma al poder judicial que envió el presidente

Andrés Manuel López Obrador, y las posturas confrontadas de ministros, magistrados y jueces

frente a militantes y legisladores de Morena parecen no tener fin.

Y es que la discusión ha versado básicamente sobre dos argumentos principales: por un lado,

que la carrera judicial y los mecanismos de selección basados en mérito, conocimientos y

experiencia garantizan que los impartidores de justicia sean personas capacitadas y con los

mejores conocimientos disponibles para atender la carga de trabajo que implica la defensa de

los derechos y la resolución de las disputas legales de los mexicanos. Este argumento incluye

también la defensa de la interpretación de la Constitución basada en argumentos pro derechos

humanos y con análisis de normativas internacionales y en favor de la persona.

El otro argumento es el que sostiene que el poder judicial debe ser elegido democráticamente

como parte de la ola reformadora de la cuarta transformación, y que el mecanismo de selección

de jueces y magistrados debe ser una votación popular, similar a la de los poderes legislativo y

ejecutivo. Esta postura defiende que el “poder reformador” que dio la población en las urnas es

la suficiente legitimidad para impulsar el famoso plan C del presidente López Obrador y

Morena, y con ello transformar el sistema judicial a algo que sea más cercano a la población

gracias a esos votos.

Ambos argumentos pueden tener validez, pero lo que debe destacar más es el entendimiento

del papel que juega el poder judicial en una democracia, y por qué la idea de la imparcialidad y

la independencia de los jueces y magistrados es de suma importancia. En primer lugar el poder

judicial es el que termina por resolver las disputas entre particulares, pero también entre

ciudadanía y el Estado, mediante la defensa de sus derechos, y entre las partes integrantes del

Estado, mediante la interpretación de la Constitución y el cumplimiento de ordenamientos

jurídicos inferiores. Esto implica que su actuación debe ser lo más imparcial e independiente

posible, pues no puede tener influencia posible de alguna de las partes.

En segundo lugar, el concepto de pesos y contrapesos establece que el Poder Judicial es

precisamente el control para evitar el abuso de poder por parte de los poderes electos, como

son el Ejecutivo y el Legislativo, pues su función de interpretación constitucional es clara y

representa el único momento donde puede tener un papel político, a diferencia de la creación

de leyes y la ejecución de programas y políticas públicas. El poder judicial, en la teoría,

garantiza de esta manera que el ejercicio del poder por parte de los gobernantes no sea

excesivo, ni afecte las libertades de la ciudadanía.

En tercer lugar, los argumentos relacionados con el sistema de justicia también son relevantes.

Por ejemplo, se afirma como un motivo para la reforma el alto nivel de impunidad en la solución

de delitos, pues más del 95% no llegan a una sentencia. En este caso, el problema no es que

los jueces no emitan sentencia, pues depende del ministerio público el realizar las

investigaciones correspondientes para presentar una carpeta debidamente armada que

presente las pruebas para, en primer lugar, detener al responsable, y en segundo lugar, que no

quede duda de su culpabilidad y poder fincar responsabilidades.

Sin embargo, la reforma al poder judicial no contempla este tipo de circunstancias, como si la

atención de denuncias y demandas fuera a mejorar por el simple hecho de una competencia de

popularidad.

El futuro de la reforma judicial está a la vista, pues parece prácticamente un hecho que será

realidad. La discusión ahora está en qué tipo de reforma queremos y cuáles van a ser sus

efectos en nuestra vida diaria.