La Fiscalía General de la República (FGR) deberá dar a conocer la versión pública de la denuncia presentada por Emilio Lozoya Austin, exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex), contra diversos políticos, entre ellos los expresidentes Enrique Peña Nieto, Felipe Calderón, y Carlos Salinas de Gortari.
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) instruyó la presentación de la denuncia así como la entrega del dictamen de integridad física que se le realizó al exfuncionario al llegar a México extraditado desde España.
La comisionada Josefina Román Vergara fue quien presentó ante el Pleno del Inai dos recursos de revisión sobre el caso Lozoya Austin.
Uno de los recursos hacía referencia a la denuncia del 11 de agosto de 2020 presentada por el exdirector de Pemex que bajo la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública podría clasificarse como información reservada.
Sin embargo, al describir hechos o actos de corrupción atribuibles a ex servidores públicos el interés público de difundirse es mayor a la reserva.
La ponencia determinó que no se podrá clasificar como confidencial el nombre de los ex servidores públicos ni de personas físicas a quienes se atribuye los presuntos actos de corrupción, números de cuenta bancaria ni CLABE interbancaria y/o información financiera de entes públicos, cantidades monetarias que reflejen el flujo de recursos públicos o recursos de índole privado entregados a ex servidores públicos.
Además, consideró que se vulneró el derecho de acceso a la información de la particular, al no informar que la denuncia no cuenta con anexos, por lo que el sujeto obligado deberá informar lo conducente a la recurrente, indicando los razonamientos por los cuales no cuenta con estos.
En el caso del segundo recurso, el Pleno del Inai determinó que la clasificación del dictamen de integridad física debe superarse por la importancia que tiene para la sociedad difundir información relacionada con un ex servidor público al que se le atribuyen presuntos hechos o actos de corrupción.
Por lo que el interés público de que se difunda es mayor a la reserva y la confidencialidad, dado que trasciende a la rendición de cuentas y a la gestión pública, considerando que por dichos resultados médicos se determinó su internamiento hospitalario privado y no un internamiento en hospitales públicos o en su defecto, su inmediata puesta a disposición de las autoridades.
Además, resulta procedente la apertura del dictamen de integridad física, practicado a Emilio Lozoya, el día 17 de julio de 2020, cuando ingresó al país extraditado de España, pues la solicitud es sobre un ex servidor público que se vincula a presuntos actos de corrupción relativos a la empresa de construcción Odebrecht.
La relevancia de estos dos casos subyace en que se privilegia la entrega de la información relativa a la denuncia presentada, porque se actualiza la excepción de la reserva al tratarse de hechos relacionados con posibles actos de corrupción y la entrega del Dictamen de Integridad Física, que implica que prevalece el interés público, ante la naturaleza de la información que, en principio es considerada como un dato personal sensible”, expuso la comisionada Josefina Román.