Este martes entró en vigor la reforma a la Ley Federal del
Trabajo, en materia de Teletrabajo o home office que reconoce el desempeño de
actividades remuneradas en lugares distintos al establecimiento del patrón, por
lo que no se requiere la presencia física en el centro de trabajo.
El lunes fue publicado en el Diario Oficial de la Federación
(DOF) el decreto por el que se reforma el artículo 311 y se adiciona el
capítulo XII Bis de la Ley Federal del Trabajo, en materia de teletrabajo o
home office.
En el documento se indica que la reforma entrará en vigor el
día siguiente al de su publicación en el DOF.
En diciembre del año pasado el Senado de la República aprobó
el dictamen de reforma a la Ley Federal del Trabajo, lo que significa que que
por escrito se constarán las condiciones laborales en un contrato, el cual
incluirá insumos y equipo de trabajo a los empleados que laboren desde sus
hogares, así como los mecanismos de contacto, como el uso de las tecnologías de
la información para establecer comunicación entre trabajador y patrón.
A partir de la publicación del decreto en el
DOF, se establece que el Poder Ejecutivo Federal dispondrá de un plazo de
dieciocho meses para publicar una Norma Oficial Mexicana que rija las
obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo para el home office.