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Para la venta de bebidas energizantes, los establecimientos comerciales deberán verificar la mayoría de edad

por Redacción
30-09-2025

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Bajo fuertes presiones de las cúpulas empresariales y sus cabilderos, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó, por unanimidad y con 401 votos, reformas a la Ley General de Salud que prohíben la venta y el suministro de bebidas energetizantes a menores de edad.

El dictamen –turnado al Senado de la República para su discusión y votación- define a las bebidas energetizantes como “las bebidas no alcohólicas adicionadas con la mezcla de cafeína y taurina o glucoronolactona o tiamina y/o cualquier otra sustancia que produzca efectos estimulantes similares”.

Indica que estas “serán determinadas por la Secretaría de Salud, conforme a la Norma Oficial Mexicana en la materia y estándares internacionales reconocidos”.

También menciona que la Secretaría de Salud establecerá las diferentes categorías de bebidas energetizantes en la Norma Oficial Mexicana correspondiente, conforme a los estándares internacionales reconocidos.