La disputa giró desde entonces alrededor de las medidas del Gobierno mexicano que prohíben el uso de maíz transgénico para consumo humano, incluyendo la producción de masa y tortillas, y establecen una gradual sustitución de este maíz en la alimentación animal y el uso industrial Según el panel, estas medidas no se basan en una evaluación de riesgos adecuada ni en la evidencia científica necesaria, lo que constituye una violación de los principios del T-MEC, que requieren políticas comerciales basadas en la ciencia
“Tampoco hay ninguna indicación de qué métodos de recopilación de datos e información se utilizaron, ni de qué métodos de evaluación de riesgos basados en la ciencia y técnicas estadísticas se emplearon para evaluar los datos y la información”, apuntó el informe final.
Además, subrayó que no se determinaron riesgos de plaga por las autoridades mexicanas
El fallo subraya que las autoridades mexicanas tampoco entregaron un análisis que detallara cómo se otorgaron los permisos previos para el uso de maíz transgénico en los campos mexicanos y “mucho menos un análisis disciplinado y una explicación de por qué dichos estudios ya no serían adecuados”
Estados Unidos, a través de su representante comercial Katherine Tai, celebró el fallo, calificándolo como una victoria para los agricultores, procesadores y exportadores estadounidenses.
Tai señaló que este fallo reafirma su postura sobre la necesidad de políticas comerciales basadas en evidencia científica, las cuales permitirían que los agricultores estadounidenses compitieran de manera justa en el mercado mexicano.