Los senadores aprobaron una
reforma llamada “desconexión digital’’, para reducir las jornadas laborales en
días de descanso o festivos. Esto, luego de la pandemia del Covid-19 y las nuevas
formas de trabajar con las tecnologías a una velocidad vertiginosa, desde los
celulares inteligentes hasta las plataformas de reuniones virtuales.
El dictamen que fue enviado a
la Cámara de Diputados destaca que el Covid obligó a las empresas,
instituciones gubernamentales y otros sectores productivos, a enviar a sus
casas a sus empleadas y empleados para que desde ahí laboraran.
Con 116 votos a favor, el
Pleno validó el derecho de la clase trabajadora para desconectarse y abstenerse
de participar en comunicaciones electrónicas relacionadas con su empleo, como
correos y mensajes electrónicos, llamadas u otras modalidades de comunicación,
durante horas no laborales.
La adición al artículo 68 bis a la LFT prevé que la regulación, así como las modalidades de la desconexión digital atiendan la naturaleza de la relación laboral y privilegien la conciliación del trabajo con la vida personal.
El uso de teléfonos celulares
que cuentan con todas las herramientas de conexión -desde correos electrónicos,
videollamadas, salas de conversación y acceso a internet, entre otros- ha
llevado a una forma de trabajo de total disponibilidad las 24 horas de los
siete días de la semana.
De acuerdo con el proyecto,
esto último, trae diversas consecuencias en la vida de la clase trabajadora,
siendo la más importante la vida familiar, ya que las personas se ven obligadas
a dejar de atender a su familia por encontrarse siempre atentas a esta conexión
laboral vía digital. Y en la vida personal, se genera una serie de condiciones
psicológicas, como el estrés, ya que no se cuenta con un descanso adecuado, al
estar pendiente siempre de sus responsabilidades laborales.
La reforma a la Ley Federal
del Trabajo fue por unanimidad de los senadores, con lo que se establece el
derecho de las y los trabajadores a la desconexión digital, y así asegurar el
respeto de su tiempo de descanso, permisos, vacaciones e intimidad personal y
familiar, fuera de la jornada laboral establecida.
También incluirá los
mecanismos para prevenir y sancionar los actos hostiles que pudieran suscitarse
cuando la o el trabajador ejerza su derecho a la desconexión digital, así como
los actos que segreguen al personal o impliquen afectaciones a las prestaciones
a que tengan derecho.