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Prevén establecer el derecho a la desconexión digital

por RedaccionRS
30-04-2021

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Los senadores aprobaron una reforma llamada “desconexión digital’’, para reducir las jornadas laborales en días de descanso o festivos. Esto, luego de la pandemia del Covid-19 y las nuevas formas de trabajar con las tecnologías a una velocidad vertiginosa, desde los celulares inteligentes hasta las plataformas de reuniones virtuales.

El dictamen que fue enviado a la Cámara de Diputados destaca que el Covid obligó a las empresas, instituciones gubernamentales y otros sectores productivos, a enviar a sus casas a sus empleadas y empleados para que desde ahí laboraran.

Con 116 votos a favor, el Pleno validó el derecho de la clase trabajadora para desconectarse y abstenerse de participar en comunicaciones electrónicas relacionadas con su empleo, como correos y mensajes electrónicos, llamadas u otras modalidades de comunicación, durante horas no laborales.

La adición al artículo 68 bis a la LFT prevé que la regulación, así como las modalidades de la desconexión digital atiendan la naturaleza de la relación laboral y privilegien la conciliación del trabajo con la vida personal.

El uso de teléfonos celulares que cuentan con todas las herramientas de conexión -desde correos electrónicos, videollamadas, salas de conversación y acceso a internet, entre otros- ha llevado a una forma de trabajo de total disponibilidad las 24 horas de los siete días de la semana.

De acuerdo con el proyecto, esto último, trae diversas consecuencias en la vida de la clase trabajadora, siendo la más importante la vida familiar, ya que las personas se ven obligadas a dejar de atender a su familia por encontrarse siempre atentas a esta conexión laboral vía digital. Y en la vida personal, se genera una serie de condiciones psicológicas, como el estrés, ya que no se cuenta con un descanso adecuado, al estar pendiente siempre de sus responsabilidades laborales.

La reforma a la Ley Federal del Trabajo fue por unanimidad de los senadores, con lo que se establece el derecho de las y los trabajadores a la desconexión digital, y así asegurar el respeto de su tiempo de descanso, permisos, vacaciones e intimidad personal y familiar, fuera de la jornada laboral establecida.

También incluirá los mecanismos para prevenir y sancionar los actos hostiles que pudieran suscitarse cuando la o el trabajador ejerza su derecho a la desconexión digital, así como los actos que segreguen al personal o impliquen afectaciones a las prestaciones a que tengan derecho.