El fallo de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación reviste un sano precedente para determinar y esclarecer los alcances de las atribuciones de la Cámara de Diputados en materia de presupuesto de los órganos autónomos en general, y particularmente, del INE.
La mayoría de la Cámara, de manera contraproducente al objetivo de tener una consulta de revocación de mandato en términos de lo que la ley establece, decidió reducir 4,913 millones de pesos la propuesta de presupuesto planteado por el INE.
La Cámara llamó al consejero presidente Lorenzo Córdova a explicar el planteamiento del órgano electoral en una sesión histórica. La decisión de reducir el presupuesto tuvo consecuencias graves en demérito del INE y de los derechos políticos de los ciudadanos, ya que para ese ejercicio de consulta realizado el 10 de abril pasado, sólo se pudo instalar una tercera parte de los centros de votación a los que la ley obligaba. La principal causa de la baja participación en la consulta fue el poco número de casillas.
La Primera Sala determina que la Cámara tiene facultades para decidir el presupuesto del INE, pero debe fundar, motivar y razonar la decisión de reducir el presupuesto, lo que no ocurrió. Para tales efectos concede 30 días hábiles para que se cumpla con lo ordenado, tema que para atender en tiempo la sentencia, requerirá de un periodo de sesiones extraordinarias. El presidente de la Cámara, Sergio Gutiérrez Luna, rebasa los límites de su responsabilidad.
Se ha comportado como vocero de su fracción y no como lo que es, presidente de la Cámara. A él se debe la denuncia contra consejeros del INE y ahora, se ha apresurado a reiterar la decisión de la Cámara, cuando lo que el Poder Judicial ordena es razonar y motivar las decisiones, no imponerlas unilateralmente. Independientemente de lo que pudiera ocurrir para enmendar la insuficiencia presupuestal de un órgano autónomo clave para la vida institucional y democrática del país, con esta decisión, una vez más, el Poder Judicial Federal ratifica su condición como la instancia más relevante para hacer valer la constitucionalidad de las decisiones legislativas y, como tal, de contención al abuso del poder.