La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) emitió los nuevos lineamientos de austeridad republicana en la Administración Pública Federal (APF), que deberán ser de observancia obligatoria en más de 300 instituciones y Secretarías de estado del gobierno federal. A diferencia de los anteriores, se integra el teletrabajo para aquellos casos en los que las condiciones lo permitan y que no generen costos adicionales para desempeñar sus labores fuera de la oficina.
Se ordena a las unidades administrativas de los entes públicos implementar esquemas de trabajo a distancia para las personas servidoras públicas. Para ello, deberán contar con el visto bueno de la Oficialía Mayor, de la Unidad de Administración y Finanzas o los equivalentes que corresponda.
Los nuevos lineamientos están ligados al Plan Nacional de Desarrollo, al Programa Nacional de Combate a la Corrupción y a la Impunidad y al de Mejora de la Gestión Pública 2019- 2024, para asegurar que nadie podrá beneficiarse de su puesto o cargo público, con lo cual se podrá terminar con la asignación abusiva de oficinas, vehículos, mobiliario, equipos de comunicación, viáticos, entre otras medidas.
Lo anterior tiene como propósito reorientar los presupuestos dispersos a los programas significativos y de alto impacto social y económico, así como erradicar la corrupción, el dispendio y la frivolidad. Nuevamente se establece que ningún servidor público podrá contratar seguro de vida ni de gastos médicos mayores privados, de separación individualizada de forma colectiva. Al personal que ponga en riesgo su seguridad o salud, se podrá otorgar la potenciación de seguro de vida institucional y un pago por riesgo hasta por el 30% sobre la percepción ordinaria mensual.
No se permite la remodelación de oficinas, tampoco constituir o crear fideicomisos o mandatos en materias de salud, educación, procuración de justicia, seguridad social y y seguridad pública salvo que estén previstos en ley o tratado internacional.
No se podrán crear plazas ni duplicidad de funciones, como tampoco contratar asesores para grupos jerárquicos de menor rango de subsecretario. Los servicios por honorarios deberá atender a una necesidad debidamente fundada y motivada por parte de los entes públicos, para lo cual las Oficialías Mayores y las Unidades de Administración y Finanzas o equivalentes, según corresponda, deberán emitir una constancia en la que se manifieste que los servicios, que se incluyen en el contrato de prestación de servicios profesionales por honorarios, no se encuentran duplicadas con las actividades o funciones establecidas para los puestos presupuestariamente asignados a la misma. Podrán contratar prestadores de servicios profesionales por honorarios con cargo al capítulo de servicios personales, si cuentan con el presupuesto autorizado respectivo.
Se deberá reducir al mínimo indispensable el número y costo de contratación de estos prestadores de servicios profesionales. No podrán recibir retribución, compensación, salarios, pagos o prestaciones adicionales a lo que correspondan al puesto, nivel, tabulador y presupuesto autorizados.
Los servicios de comunicación, internet y telefonía móvil no podrán exceder de los montos erogados en el ejercicio presupuestal inmediato anterior, una vez considerados los incrementos en precios y tarifas oficiales o la nación, a excepción de las autorizaciones presupuestarias que otorgue la subsecretaría de Egresos de la SHCP, previa justificación. Para personal de las Fuerzas Armadas, Guardia Nacional, Seguridad Nacional y Seguridad Pública, cuando sea indispensable para el desempeño de sus funciones.
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