Un tribunal federal echó por abajo
las intenciones del ex gobernador de Chihuahua, César Duarte, quien pretendía
que una juez de amparo estudiara la solicitud de detención provisional y la
petición formal de extradición que México presentó al gobierno de Estados
Unidos.
Por unanimidad, el Octavo
Tribunal Colegiado en Materia Penal determinó que sus argumentos no pueden ser
parte del fondo del juicio, donde también pidió la protección contra la orden
de aprehensión que pesa en su contra.
Los magistrados indicaron que la
juez Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal, María Dolores Núñez
Solorio, actuó bien al desechar la demanda de garantías por lo que hace al acto
referente a la petición formal de extradición reclamada pues, dicho acto, por
sí, no causa agravio alguno al quejoso.
“En efecto, como se explicó, el
procedimiento de extradición comienza con la solicitud que un Estado requirente
formula a uno requerido; en ese entendido, la petición se advierte como un acto
que surte sus efectos jurídicos, meramente procedimentales, hasta que el
gobierno del estado requerido la recibe, los cuales consisten en iniciar el
procedimiento administrativo que se sustanciará conforme a las normas internas
que para tal efecto haya dispuesto este último.
“Es por lo anterior que tampoco
es atendible la petición del gobernado en el sentido de incorporar a la litis
del juicio constitucional la petición de extradición, aun cuando dicho acto
fuera inminente”, detalla la resolución.
El tribunal colegiado explicó que
aun cuando la petición formal de extradición sea un acto inminente, así
considerado por el quejoso, lo cierto es que esa circunstancia, sin más, no
hace procedente el juicio constitucional, sino que igualmente debe verificarse
que se trate de un acto que implique un agravio personal y directo en la esfera
de derechos del peticionario de la acción y que además se actualice en
territorio nacional.
“Lo cual en el caso concreto no
acontece, pues como se explicó, los efectos jurídicos que produciría la
solicitud de extradición se constriñen al inicio del procedimiento
administrativo en el Estado requerido”, mencionó.
Por otra parte, agregó, tampoco
se le deja en estado de indefensión al demandante ante la “posible” petición de
extradición, porque es al Estado requerido al que le corresponde revisar la
legalidad de la solicitud, esto es, que se haya emitido de conformidad con el
tratado bilateral, a través de su procedimiento administrativo interno.
El pasado 9 de julio, César
Duarte promovió un amparo contra la orden de aprehensión librada en su contra,
así como la solicitud de detención provisional con fines de extradición
internacional y la petición formal de extradición.
La juez Dolores Núñez desechó
parte de la demanda por lo que hacía a la solicitud de detención provisional
con fines de extradición y la petición respectiva.
En julio pasado, el ex gobernador
fue detenido en Miami, Florida, por elementos del Servicio de los Alguaciles
Federales (US Marshals Service) con base a una orden de detención con fines de
extradición emitida por un magistrado federal de Nuevo México, Estados Unidos.