La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) al considerar que vulnera los derechos a la seguridad jurídica, libertad de trabajo y el principio de presunción de inocencia, interpuso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una acción de inconstitucionalidad contra diversas disposiciones de la nueva Ley de la Fiscalía General de la República (FGR), publicada en mayo.
Debido al trabajo conjunto con organizaciones de la sociedad civil y autoridades involucradas en el tema, el organismo encabezado por Rosario Piedra informó que se determinó impugnar artículos de la Ley de la FGR; Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas; Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos; Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.
Se destacó que se realizó un estudio sobre la compatibilidad del decreto por el que se expidió la nueva Ley de la Fiscalía General de la República, abroga la Ley Orgánica de la FGR, publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 20 de mayo, con el parámetro de regularidad constitucional.
La CNDH consideró que las normas impugnadas condicionan y/o limitan la participación y coordinación de la FGR en el Sistema Nacional de Seguridad Pública; la Junta de Gobierno del Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas; la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas; el Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres; así como el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, en estricto apego a su autonomía constitucional, vulnerando el derecho a la seguridad jurídica y el principio de legalidad.
Consideró que "esta situación se debe a la forma en que se encuentra formulada la participación, actuación e integración de la Fiscalía General de la República en diversas instituciones, pues sujeta su colaboración a un estricto respeto de su autonomía constitucional, es decir, constriñe su intervención y cooperación al margen de dicha característica constitucional, mismo que interfiere con un pleno y óptimo desempeño de sus funciones en el marco de los respectivos ordenamientos que rigen cada sistema, mecanismo y/o comisión del que se trate".
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