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La AFAC no puede evaluar avances en el cumplimiento de objetivos estratégicos

por Redacción
27-02-2023

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La Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC) –organismo sobre el que pesa la responsabilidad de regular la aviación civil en el país y por tanto la recuperación de la categoría 1 en materia de seguridad– no cuenta “con mecanismos, metodologías, métricas ni indicadores (…) para evaluar el avance en el cumplimiento de sus objetivos estratégicos”, refirió la también instancia de seguridad nacional a la Auditoría Superior de la Federación (ASF).

De acuerdo con el dictamen del 31 de enero de 2023, días antes de que la Administración Federal de Aviación de Estados Unidos (FAA, por sus siglas en inglés) llevara a cabo una revisión técnica a la AFAC con el objetivo de que ésta prepare la auditoría que le pueda devolver la categoría 1 en seguridad aeronáutica, la ASF reportó que el regulador mexicano, más allá del análisis de operaciones aéreas, no cuenta con otros mecanismos para identificar cómo empatar la regulación mexicana con las internacionales, bilaterales y multilaterales.

La AFAC también reconoció que tiene diversos rezagos en cuanto a la armonización con las enmiendas propuestas por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), debido a que “el proceso de normalización de conformidad con la Ley de Infraestructura de la Calidad es demasiado extenso por todos los procesos jurídicos a los que son sometidas las normas oficiales mexicanas (NOM).

“Se ha promediado que, para dar atención a las normas y métodos recomendados a través de una NOM, el tiempo de su emisión es de tres años. Por otra parte, la falta de personal, así como su rotación y su carencia de especialización, ha repercutido para el cumplimiento en tiempo y forma de la armonización de las normas y recomendaciones aplicables al Estado mexicano”, agregó.

Hasta el cierre de 2021, de cinco enmiendas que promovió la OACI entre 2018 y 2021, México llevaba avances de 77.4 a 90.4 por ciento en cuatro, pero en la 177, la AFAC señaló que la armonización es de cero, ya que su puesta en práctica está sujeta a la publicación del decreto de reformas al Reglamento para la Expedición de Permisos, Licencias y Certificados de Capacidad del Personal Técnico Aeronáutico, uno de los temas por los cuáles se le redujo la categoría 1.